Diccionario panhispánico del español jurídico

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embriaguez en acto de servicio de armas

Sublema de embriaguez
Mil. Delito que comete el militar que, en acto de servicio de armas, voluntaria e imprudentemente se embriague o consuma drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, de modo que su capacidad para prestarlo desaparezca o disminuya.
CPM, art. 70. «El acusado obró culposamente, omitiendo el deber objetivo y subjetivo de cuidado que le era exigible en el caso […]; primero por consumir alcohol que, aun en la dosis que se establece y según sus circunstancias personales, habría de afectar a sus facultades sicofísicas, y en segundo lugar por no observar el deber de abstinencia durante la prestación de un servicio de armas en que la exclusión del alcohol se ofrece como presupuesto mínimo e indispensable» (STS, 5.ª, 9-XII-2011, rec. 60/2011).

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