Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

elemento de interés patrimonial

Sublema de elemento
Adm. En la legislación autonómica, categoría de protección de los bienes culturales para declarar con ese carácter aquella parte de un inmueble que, sin tener los valores necesarios para ser declarado bien de interés cultural o bien de interés patrimonial, reúna alguno de los valores que se atribuyen a los bienes del patrimonio histórico.
Por ejemplo, Ley 3/2013, de 18 de junio, art. 10, de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.