Diccionario panhispánico del español jurídico

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ejecución voluntaria de sentencia

Proc. Obligación de llevar a puro y debido efecto el contenido de la sentencia por quien resulte obligado a ello en el plazo establecido a tal efecto.
«La Ley Jurisdiccional establece un plazo general para la ejecución voluntaria, que es de dos meses a partir de la comunicación de la sentencia a la Administración» (STS, 3.ª, 9-II-12, rec. 6136/2010).