- ejecución voluntaria de sentencia
- Proc. Obligación de llevar a puro y debido efecto el contenido de la sentencia por quien resulte obligado a ello en el plazo establecido a tal efecto.«La Ley Jurisdiccional establece un plazo general para la ejecución voluntaria, que es de dos meses a partir de la comunicación de la sentencia a la Administración» (
STS, 3.ª, 9-II-12, rec. 6136/2010 ).
Sublema de ejecución de sentencia, ejecución