Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

ejecución condicional de la sanción de internamiento penal juvenil

Pen.; C. Rica Suspensión de la ejecución de la condena de privación de libertad contra un menor de edad condicionada a que razonablemente se pueda suponer que el menor imputado se comportará acorde a derecho sin necesidad de ejecutar esa sanción.
Ley 7576, de Justicia Penal Juvenil, de Costa Rica, art. 132. La ejecución condicional de la sanción de internamiento penal juvenil se podrá decretar en caso de que haya esfuerzos del joven victimario de reparar el daño causado, de la poca gravedad de la conducta realizada, de la conveniencia para el desarrollo educativo o laboral del sancionado, de la situación familiar o social de este, y del hecho de que la persona menor de edad haya podido constituir, independientemente, un proyecto de vida alternativo a la comisión de delitos como norma de comportamiento.