Diccionario panhispánico del español jurídico

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efecto interpretativo de las directivas comunitarias

Sublema de efecto1
Eur. Obligación que tiene el juez nacional de interpretar el derecho nacional a la luz de la directiva comunitaria.
«Como ha precisado este Tribunal de Justicia en su sentencia de 10 de abril de 1984 (Von Colson y Kamann, 14/83, Rec. 1984, p. 1891), la obligación de los Estados miembros, impuesta por una directiva, de alcanzar el resultado previsto por esta, así como el deber que, en virtud del artículo 5 del Tratado, les incumbe de adoptar todas las medidas generales o particulares aptas para garantizar el cumplimiento de esta obligación, se imponen a todas las autoridades de los Estados miembros, incluidas, en el marco de sus competencias, las autoridades jurisdiccionales. De lo dicho se sigue que, al aplicar el Derecho nacional y, sobre todo, las disposiciones de una ley nacional promulgada con el fin específico de ejecutar una directiva, el órgano jurisdiccional nacional debe interpretar su Derecho nacional a la luz del texto y del fin de la directiva para conseguir el resultado contemplado por el párrafo 3 del artículo 189 del Tratado» (STJ de las CCEE, de 8-X-1987, rec. 80/86).