Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

efecto indirecto o triangular

Eur. Consecuencia inevitable para terceros de la obligatoriedad de la directiva para los poderes públicos cuando el contenido obligacional invocado corre a cargo del Estado.
«Las repercusiones negativas sobre los derechos de terceros, incluso si pueden preverse con seguridad, no justifican que se niegue a un particular la posibilidad de invocar las disposiciones de una directiva contra un Estado miembro» (STJCE, 7-I-2004, Wells, C-201/02).

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