Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

efecto disuasorio

Sublema de efecto1
Adm. Efecto de una regulación que crea incertidumbre sobre las consecuencias que pueden derivarse del ejercicio del derecho o facultad a que se refiere, hasta el punto de desincentivar su ejercicio.
Son disuasorias las normas que atribuyen potestades de modo que sean imprevisibles, o no claras, las consecuencias del ejercicio de un derecho. El TEDH se ha pronunciado en muy diversas ocasiones sobre el riesgo existente para las libertades: «la ley que concede una facultad discrecional debe fijar su alcance, aunque no sea necesario incluir en ella el detalle de las normas y procedimientos que hayan de tenerse en cuenta […] el grado de precisión que exige la ley depende de la materia de que se trate […] pero la ley pugnaría con la supremacía del derecho de que se trate si la facultad discrecional concedida a la Administración no tuviera límites. Por tanto la ley debe determinar el alcance y las modalidades del ejercicio de dicha facultad con suficiente claridad, teniendo en cuenta la finalidad que persigue —para facilitar así al individuo la adecuada protección contra la arbitrariedad—» (Sentencia Malone versus Reino Unido de 2-VIII-1984, entre otras muchas).

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