Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

educación y formación de los internos

Sublema de educación
Adm. y Pen.; Nic. Obligación de los centros penitenciarios de disponer de una escuela en la que se desarrolle la educación y formación básica de los privados de libertad o internos, especialmente para analfabetas y jóvenes de bajo nivel académico.
Este centro para los privados de libertad debe ser administrado, técnica y financieramente por el Ministerio de Educación, por lo que la enseñanza impartida debe ajustarse a los programas y políticas oficiales del Estado. Ley no. 473 Ley de Régimen Penitenciario y ejecución de pena art. 88.