- dominio público en el Código Civil
- Adm.; Esp. Bienes de dominio público por ser de uso público (caminos, canales, ríos, torrentes, puertos y puentes construidos por el Estado, riberas, playas, radas y otros análogos) o por estar afectados a algún servicio público o al fomento de la riqueza nacional (murallas, fortalezas y demás obras de defensa del territorio, y las minas mientras no se otorgue su concesión).
Sublema de dominio2