Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

documento público

Sublema de documento
1. Adm. Documento producido o recibido por los órganos en el ejercicio de sus funciones, que relaciona y concreta la legislación estatal o autonómica.
2. Civ., Pen. y Proc. Documento autorizado por un notario o empleado público competente con las solemnidades requeridas por la ley y que acredita la identidad de los intervinientes y su fecha.
CC, art. 1216. Tienen esta condición: 1.º Las resoluciones y diligencias de actuaciones judiciales de toda especie y los testimonios que expiden los secretarios judiciales. 2.º Las autorizadas por notario con arreglo a derecho. 3.º Las certificaciones que expidan los registradores de la propiedad y mercantiles. 4.º Las expedidas por funcionarios públicos para dar fe en lo que se refiere a sus funciones. 5.º Los expedidos por funcionarios con referencia a archivos o registros públicos. LEC, arts. 317 y sigs . Código Orgánico General de Procesos, de Ecuador, art. 205.
3. Proc. Documento que hace prueba plena del hecho, acto o estado de cosas que documente, de la fecha en que se produce la documentación y de la identidad de los fedatarios y demás personas que, en su caso, intervengan en ella.
LEC, art. 319.

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