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Reglamento (UE) 910/2014 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23-VII-2014, relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior, art. 3.35 .La Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de Firma Electrónica, establece en su artículo 3.5 que se considera documento electrónico «el redactado en soporte electrónico que incorpore datos que estén firmados electrónicamente».
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