Diccionario panhispánico del español jurídico

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doble dimensión de los derechos fundamentales

Const. Condición que se reconoce doctrinal y jurisprudencialmente a los derechos fundamentales, según la cual son al mismo tiempo facultades o derechos individuales y, por otro lado, fundamento del orden político y social e instituciones, cuya tutela reforzada reclaman los intereses generales.