- distrito
- Adm. División territorial de un municipio dotada de órganos de gestión desconcentrada, cuya presidencia corresponde a un concejal.Los distritos los pueden establecer los municipios de gran población para impulsar, desarrollar y mejorar la participación ciudadana en la gestión de los asuntos municipales, sin perjuicio de la unidad de gobierno y gestión municipales.
LRBRL, art. 128.