Diccionario panhispánico del español jurídico

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disolución del vínculo matrimonial ante notario público

Sublema de disolución
Civ.; Nic. y P. Rico Procedimiento por medio del cual se declara la disolución del vínculo matrimonial por mutuo consentimiento, siempre y cuando no existan hijos o hijas que sean niños o niñas, adolescentes o personas con discapacidad o existan litis respecto a la distribución de los bienes, en cuyos casos deberán acudir a la vía judicial.
Los notarios o notarias podrán recibir la petición de disolución por mutuo consentimiento. Se les advertirá a los cónyuges o convivientes el efecto de su decisión, debiendo cumplir los requisitos establecidos en el Código de Familia. Ley n.º 870, Código de Familia, art. 160. Código Civil de Puerto Rico, art. 423, 31, LPRA, § 6761.