Diccionario panhispánico del español jurídico

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discreción de juicio

Sublema de discreción
Can. Requisito para que una persona posea la capacidad consensual necesaria en orden a contraer matrimonio.
Según el CIC, c. 1095 § 2, son incapaces de contraer matrimonio «quienes tienen un grave defecto de discreción de juicio acerca de los derechos y deberes esenciales del matrimonio que mutuamente se han de dar y aceptar». El contenido de la discreción de juicio en la jurisprudencia hace referencia al conocimiento mínimo de lo que es el matrimonio (en los términos establecidos en el c. 1096 § 1) y a la valoración de los deberes y derechos esenciales del estado conyugal.