Adm. y Tel.Dirección que permite la recepción de las notificaciones administrativas que por vía telemática puedan practicar las distintas administraciones públicas.
LPAC, 43.1. Asociado a la dirección electrónica habilitada, el titular dispone de un buzón electrónico en el que recibe las notificaciones electrónicas correspondientes a aquellos procedimientos administrativos en los que actúe como interesado.