Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

direcciones penitenciarias

Adm. y Pen.; Nic. Cada uno de los órganos de ejecución, que tienen bajo su responsabilidad la administración, control y resguardo de los privados de libertad o internos remitidos por las autoridades judiciales competentes para el cumplimiento de las sanciones penales y medidas cautelares privativas de libertad.
Ley n.º 473, del Régimen Penitenciario y Ejecución de Pena, art. 26.