- dimisión ex officio
- Can. Declaración de la pérdida del estado clerical junto con pérdida de todas las obligaciones sacerdotales, sin petición previa del interesado.Los motivos pueden tener carácter penal o pastoral. Benedicto XVI concedió (30-I-2009) a la Congregación para el Clero la facultad de dimisión ex officio de los clérigos que hayan abandonado su ministerio por un período superior a cinco años consecutivos y que, después de realizar investigación, siguen persistiendo en la ausencia voluntaria e ilícita del ministerio.
Sublema de dimisión