Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

dimisión ex officio

Sublema de dimisión
Can. Declaración de la pérdida del estado clerical junto con pérdida de todas las obligaciones sacerdotales, sin petición previa del interesado.
Los motivos pueden tener carácter penal o pastoral. Benedicto XVI concedió (30-I-2009) a la Congregación para el Clero la facultad de dimisión ex officio de los clérigos que hayan abandonado su ministerio por un período superior a cinco años consecutivos y que, después de realizar investigación, siguen persistiendo en la ausencia voluntaria e ilícita del ministerio.