Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

diligencia inicial de investigación

Sublema de diligencia
Pen. y Proc.; C. Rica Conjunto de actos continuos y necesarios que realiza, o dirige, el órgano acusador, desde el momento que tiene noticia de la eventualidad de la perpetración de un delito, hasta la audiencia inicial ante el juez.
Las diligencias iniciales de investigación se extienden a las circunstancias de cargo y de descargo del imputado. Código Procesal Penal, Ley n.° 7594, art. 278.