- devolución derivada de la normativa de cada tributo
- Fin. Restitución de la cantidad debidamente ingresada, pero superior a la deuda tributaria definitiva, como consecuencia de los supuestos que se prevén en la regulación de determinados tributos y que genera el abono de interés de demora pasados seis meses del vencimiento del plazo reglamentario de devolución sin necesidad de requerimiento al efecto.
Sublema de devolución