Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

desmembración de jurisdicción

Hist. Proceso mediante el cual el rey segrega a una aldea, lugar u otro espacio de la jurisdicción de una ciudad o villa.
Fueron frecuentes durante el Antiguo Régimen, tanto para dotar a una población de privilegio de villazgo, que llevaba aparejado la desmembración de jurisdicción de la villa o ciudad de la que antes dependía, o bien para ceder la nueva jurisdicción a un señor jurisdiccional, práctica que fue siempre muy denostada y se reiteraba en las peticiones de Cortes que se erradicara su práctica por el rey.