Diccionario panhispánico del español jurídico

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descargo puro y simple

Sublema de descargo
Civ. y Proc.; R. Dom. Rechazo de la demanda o del recurso por el tribunal sin ponderar el fondo por no haber el demandante o recurrente asistido a la audiencia para conocer del asunto. Implica una presunción de desistimiento tácito de la demanda; el fallo carece de la autoridad de cosa juzgada.
Código de Procedimiento Civil, arts. 154 y 434; Tribunal Constitucional, sentencia TC/0883/18, del 10 de diciembre de 2018.