- desaparición de poderes
- Const. y Parl.; Méx. Facultad exclusiva de la Cámara de Senadores mediante la cual se determina que han desaparecido los poderes legislativo, ejecutivo y judicial de un estado de la Federación, luego de lo cual se nombran nuevos poderes.
CPEUM, art. 76, frac. V ;Ley Reglamentaria de la Fracción V de la CPEUM .Ferrer Mac-Gregor, Eduardo, et al. (coords.): Diccionario de Derecho Procesal Constitucional y Convencional, México, CJF/IIJ/UNAM, tomo I, pág. 580 .