Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho subjetivo

Sublema de derecho1
Civ. Poder jurídico reconocido a un sujeto de derecho que le permite disfrutar y disponer de una cosa como de un valor o exigir a otra persona una prestación, dentro de los límites de la buena fe, la prohibición de abusos de derecho y su ejercicio antisocial, y el respeto a las demás prohibiciones impuestas por la ley. Se distingue de las facultades jurídicas singulares que derivan de relaciones jurídicas específicas.
Existen poderes jurídicos que se atribuyen a sujetos de derecho no para la realización de sus propios intereses sino los de otras personas (patria potestad, tutela). CC, art. 7.

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