- derecho subjetivo
- Civ. Poder jurídico reconocido a un sujeto de derecho que le permite disfrutar y disponer de una cosa como de un valor o exigir a otra persona una prestación, dentro de los límites de la buena fe, la prohibición de abusos de derecho y su ejercicio antisocial, y el respeto a las demás prohibiciones impuestas por la ley. Se distingue de las facultades jurídicas singulares que derivan de relaciones jurídicas específicas.
Sublema de derecho1