Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho privilegiado de clase

Hist. Estatuto jurídico diferenciado que se aplicaba a cada uno de los estamentos y grupos de personas, establecidos jurídicamente, y que se aplicaba de forma preferente al derecho general.
No es un concepto que se denominara como tal durante el Antiguo Régimen, sino que en el derecho local o territorial se diferenciaba el aplicable a unos estamentos u otros (nobleza, y dentro de ella con diferentes subestamentos, y clero, especialmente alto clero) y a determinados grupos (francos, judíos, moros, mozárabes, gitanos, gremios, hermandades, cofradías, etc.), lo que llevaba a situaciones diferentes ante el derecho, como exenciones tributarias, diferentes tribunales para ser juzgados, diferentes penas y mayores a los demás cuando el delito era contra ellos no se les aplicaba tormento ni formas degradantes de ejecución de la pena, etc.

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