Diccionario panhispánico del español jurídico

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derecho parlamentario

Sublema de derecho2
Parl. Especialidad de derecho público, integrada por un conjunto de normas de diferentes fuentes y naturaleza que regulan la organización, competencias y funciones del Parlamento, así como las relaciones parlamentarias creadas a su amparo.
Son fuentes del derecho parlamentario la Constitución, los reglamentos parlamentarios como normas codificadas fruto de la autonomía de cada Cámara o de las Cortes, las resoluciones de las presidencias o de las mesas de una u otra Cámara y de las mesas conjuntas como órgano de Cortes Generales, las leyes que contienen disposiciones aplicables en el ámbito parlamentario, la costumbre parlamentaria, los principios generales del derecho parlamentario y la jurisprudencia en tanto en cuanto aplica e interpreta la Constitución o el resto del ordenamiento jurídico en el marco parlamentario (Fernández Martín, Manuel: Derecho parlamentario español, 1808-1820, tres volúmenes; reproducción facsímil de la edición 1855-1900. Estudio preliminar de Juan José Lavilla Rubira. Madrid: Congreso de los Diputados, 1992).

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