Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho humanitario bélico

Sublema de derecho2
Int. púb. Rama del derecho internacional humanitario (DIH) destinado a proteger a las víctimas de los conflictos armados, tanto a los combatientes heridos en campaña como a los prisioneros de guerra y a la población civil. Se denomina también derecho de Ginebra. Buena parte de las normas que lo componen constituyen principios elementales de humanidad.
«Todos los Estados han de cumplir esas normas fundamentales […] porque constituyen principios intransgredibles del derecho internacional consuetudinario» (OCCIJ, 8-VII-1996, Legalidad de la amenaza o el empleo de armas nucleares). I CG; II CG; III CG; IV CG; Protocolo I CG; Protocolo II CG).

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