Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho del comprador a suspender el pago del precio

Sublema de derecho1
Civ. Facultad del comprador, perturbado en su adquisición o con peligro de serlo por acción reivindicatoria o hipotecaria, de no pagar el precio hasta el cese de la perturbación o peligro.
CC, art. 1502. «El fundamento de la facultad de suspender el pago del precio, como garantía o medida de protección legalmente prevista, responda más bien al carácter sinalagmático del contrato de compraventa y a la interdependencia o reciprocidad de las prestaciones debidas en la medida en que la perturbación sufrida, o el riesgo fundado de padecerla, cuestiona el cumplimiento satisfactorio de la contraparte y, con ello, el juego normal de la reciprocidad resultante, que puede quedar en suspenso» (STS, 1.ª, 8-I-2013, rec. 1224/2010).