Diccionario panhispánico del español jurídico

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derecho de oposición

Sublema de derecho1
1. Adm. Facultad de impedir que los datos personales sean tratados, cuando existan motivos fundados y legítimos.
RGPD, art. 21; LOPDGDD, art. 18.
2. Adm. Derecho del afectado a solicitar que se excluya la utilización de los datos obrantes en colegios profesionales o en fuentes accesibles al público, con fines de publicidad o de prospección comercial.
RGPD, art. 21.2; LOPDGDD, art. 18. «La ponderación que ha de efectuarse […] permite tener en cuenta de modo específico todas las circunstancias que rodean a la situación concreta del interesado. En caso de oposición justificada, el tratamiento que efectúe el responsable no podrá referirse ya a esos datos» (STJUE, Gran Sala, 13-V-2014).
3. Merc. Derecho que se atribuye a los acreedores sociales titulares de créditos no vencidos y no suficientemente garantizados anteriores a la fecha del último anuncio del acuerdo de reducción de capital o de la publicación de una modificación estructural proyectada, a oponerse a la operación hasta tanto no se les garanticen a su satisfacción el crédito o se preste fianza.
LSC, arts. 333 y sigs . Si la reducción es por pérdidas o para constituir o incrementar la reserva legal o se hace con cargo a reservas o beneficios libres, los acreedores no podrán oponerse.

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