Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho de legación

Sublema de derecho1
Int. púb. Capacidad, de ejercicio discrecional, que tiene un sujeto internacional, normalmente un Estado, para acreditar una misión diplomática ante otro sujeto receptor (derecho de legación activo) y de acoger como receptor en su territorio a una misión diplomática acreditada por otro Estado (derecho de legación pasivo). Se emplea también la locución latina ius legationis.

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