- derecho a ser informado de los valores de los bienes inmuebles
- Fin. Derecho del obligado tributario, correlativo al deber de información y asistencia que tiene la Administración, a que se le suministre la valoración de un bien inmueble que vaya a ser objeto de adquisición o transmisión, de forma previa y vinculante a su aplicación en los tributos en que aquella sea relevante.