Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho a la integridad personal

Sublema de derecho1
1. Const. Derecho que protege la inviolabilidad de toda persona frente a los ataques a su cuerpo o espíritu, así como frente a cualesquiera intervenciones en esos bienes que carezcan de su consentimiento.
2. Const. Prohibición absoluta de tortura y de tratos inhumanos y degradantes, vertiente negativa del derecho.
3. Const. Obligación de los Estados de adoptar las medidas que resulten adecuadas para proteger la integridad de las personas, vertiente positiva y prestacional del derecho.
Convención contra la Tortura de Naciones Unidas, de 10 de diciembre de 1984; Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura, de 26 de noviembre de 1987; Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 5; Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 5; Convenio Europeo de Derechos Humanos, art. 3; Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea, arts. 3 y 4; CE, art. 15.

Sublemas