- derecho a la integridad personal
- 1. Const. Derecho que protege la inviolabilidad de toda persona frente a los ataques a su cuerpo o espíritu, así como frente a cualesquiera intervenciones en esos bienes que carezcan de su consentimiento.2. Const. Prohibición absoluta de tortura y de tratos inhumanos y degradantes, vertiente negativa del derecho.3. Const. Obligación de los Estados de adoptar las medidas que resulten adecuadas para proteger la integridad de las personas, vertiente positiva y prestacional del derecho.
Convención contra la Tortura de Naciones Unidas, de 10 de diciembre de 1984 ;Convenio Europeo para la Prevención de la Tortura, de 26 de noviembre de 1987 ;Declaración Universal de Derechos Humanos , art. 5; Convención Americana sobre Derechos Humanos, art. 5;Convenio Europeo de Derechos Humanos , art. 3;Carta de Derechos Fundamentales de la Unión Europea , arts. 3 y 4;CE, art. 15.
Sublema de derecho1