Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

derecho a ejercer la acción personal

Sublema de derecho1
Merc.; Nic. Derecho de los bancos a entablar contra sus deudores, además de la acción hipotecaria procedente del contrato de hipoteca, la acción personal que deriva del contrato de préstamo con arreglo a las leyes comunes.
Ley n.º 561, General de Bancos, Instituciones Financieras no Bancarias y Grupos Financieros, art. 69.