Fin. y
Merc. Tipo de área exenta que permite importar determinados bienes provenientes de fuera de la UE, devengándose el arancel que proceda, pero en exención de IVA a la importación.Tales bienes son los siguientes: mercancía sujeta a impuestos especiales (alcohol, tabaco, etc.) procedente de Canarias; mercancías del articulo 65.c) de la Ley de IVA (mercancías sujetas a mercados a futuros: patatas, aceitunas, cereales, azúcar en bruto, cacao en grano, etc., o metales como cobre, estaño, aluminio, plomo, plata, platino, paladio, rodio, níquel, indio).