Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

deponer

1. Gral. Declarar como testigo, experto, investigado o acusado ante una autoridad administrativa o judicial.
«Y en lo que respecta a la forma de deponer en el plenario, también es habitual que el testigo protegido muestre su deseo de no ser visto u observado al menos por los acusados y por el público, y en algunas ocasiones incluso por las defensas de las partes» (STS, 2.ª, 10-VI-2014, rec. casación 10094/2014).
2. Gral. Cesar a alguien en el ejercicio de un cargo antes de que termine el mandato para el que fue designado.
Normalmente se utiliza en relación con el jefe de Estado o de Gobierno, aunque es aplicable a cualquier empleo: «el recurrente fue puesto como administrador para luego ser depuesto a los escasos cuatro meses» (STS, 2.ª, 14-VII-2011, rec. 2629/2010). Nuestras primeras constituciones aplicaron la expresión a los jueces: «Ningún magistrado o juez podrá ser depuesto de su destino, temporal o perpetuo, sino por sentencia ejecutoriada» (Constitución de 1837, art. 66).