Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

denegación de embarque

Merc. Negativa a transportar pasajeros en un vuelo por exceso de reserva.
Cuando un transportista aéreo encargado de efectuar un vuelo prevea que tendrá que denegar el embarque, deberá, en primer lugar, pedir que se presenten voluntarios que renuncien a sus reservas a cambio de determinados beneficios, en las condiciones que acuerden el pasajero interesado y el transportista aéreo. Si el número de voluntarios no es suficiente para que los restantes pasajeros con reservas puedan ser embarcados, el transportista aéreo podrá denegar el embarque a los pasajeros contra la voluntad de estos, debiendo compensarles inmediatamente y prestarles asistencia (Reglamento (CE) n.º 261/2004 por el que se establecen normas comunes sobre compensación y asistencia a los pasajeros aéreos en caso de denegación de embarque y de cancelación o gran retraso de los vuelos, art. 4).

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