Diccionario panhispánico del español jurídico

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demanda en el proceso cambiario

Sublema de demanda
Civ. Acto de parte que provoca el comienzo del juicio cambiario, al que se acompañará el título cambiario. El carácter sucinto de la demanda deriva de la innecesariedad de que contenga referencia al núcleo de las relaciones materiales entre las partes, bastando con la expresión de los elementos del título utilizado en cuanto sea preciso para entender cumplidos los requisitos exigidos por la ley cambiaria y del cheque para que aquel pueda surtir efecto en este plano jurisdiccional.
LEC, art. 821. «Por ello dicho proceso reviste un cierto rigor formal que ha de comenzar por la exigencia inexcusable de que se aporte con la demanda el título original, sin que el incumplimiento de tal exigencia pueda ser subsanado con posterioridad pues, en caso de que [sic] no haber realizado tal aportación inicialmente, no procedía la adopción de las medidas de requerimiento de pago y embargo» (STS, 1.ª, 5-III-2014, rec. 558/2012).