Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

demanda contra coparte

Sublema de demanda
Proc.; Pan. y P. Rico Pretensión que ejercita un demandado dentro de un proceso contra otro demandado, que deriva de la misma relación jurídica o de los mismos hechos objeto del proceso.
Dicha pretensión debe hacerse valer mediante la presentación de una demanda antes de la apertura del proceso a pruebas. De la nueva demanda se da traslado al demandado por cinco días, y a partir de ahí los trámites son comunes y la pretensión de la demanda contra la coparte se resuelve en la misma sentencia del proceso original. Código Judicial, de Panamá, art. 1260. Regla 11.6 de Procedimiento Civil, de Puerto Rico, 32, LPRA, ap. V.