- delito relativo a la radiación ionizante
- 1. Pen. Vertido, emisión o introducción en aire, suelo o aguas de radiaciones ionizantes cuando genere un peligro para la vida o la salud de las personas o el medioambiente.2. Pen. Alteración del desarrollo de actividades en las que intervengan equipos que produzcan radiaciones ionizantes si originan una situación de grave peligro para la vida o la salud de las personas.