Diccionario panhispánico del español jurídico

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delito frustrado

Sublema de delito
1. Hist. y Pen. Forma imperfecta de ejecución del delito que consiste en que, pese a realizarse todos los actos que deberían producirlo, el delito no logra consumarse.
«Hay delito frustrado cuando el culpable practica todos los actos de ejecución que deberían producir como resultado el delito y, sin embargo, no lo producen por causas independientes de la voluntad del agente» (CP 1973, art. 3). CP, art. 62. Código Penal, de Venezuela, art. 80, último párrafo.
2. Can. Modalidad de delito no consumado. A tenor de lo previsto en el c. 1328 del Codex Iuris Canonici, es relevante el motivo por el que no se consumó, y el juez debe valorarlo al imponer la pena.
CIC, c. 1328.

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