Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

delito de lesiones en el ámbito familiar

Pen. Infracción penal que comete quien ocasiona una lesión o quien golpea o maltrata de obra sin causar lesión a quien sea o haya sido su cónyuge o a persona que esté o haya estado ligada a él por una análoga relación de afectividad aun sin convivencia o a los descendientes, ascendientes o hermanos por naturaleza, adopción o afinidad, propios o del cónyuge o conviviente, o a los menores o personas con discapacidad necesitadas de especial protección que con él convivan o que se hallen sujetos a la potestad, tutela, curatela, acogimiento o guarda de hecho del cónyuge o conviviente, o a persona amparada en cualquier otra relación por la que se encuentre integrada en el núcleo de su convivencia familiar, así como a las personas que por su especial vulnerabilidad se encuentran sometidas a custodia o guarda en centros públicos o privados.
CP, arts. 148.4.º y 153.1 y 2.

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