Diccionario panhispánico del español jurídico

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definitividad

Parl.; Méx. Principio que rige, entre otros, al sistema electoral mexicano y puede entenderse desde dos ópticas: definitividad formal, que da a los actos y etapas del proceso electoral firmeza, al no poder sufrir variación por la emisión de un nuevo acto; y definitividad sustancial o material, que está relacionada con los efectos jurídicos que pueda sufrir el acto.