Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

Defensa Pública

Const.; R. Dom. Órgano del sistema de justicia dotado de autonomía administrativa y funcional que tiene por finalidad garantizar la tutela efectiva del derecho fundamental a la defensa en las distintas áreas de su competencia, bajo los criterios constitucionales de gratuidad, facilidad de acceso, igualdad, eficiencia y calidad, para las personas imputadas que, por cualquier causa, no estén asistidas por abogado.
Constitución de la República Dominicana, arts. 176 y 177; Ley 277-04, sobre el Servicio Nacional de Defensa Pública.