Diccionario panhispánico del español jurídico

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decencia

Gral. Honradez y rectitud que impide cometer actos delictivos, ilícitos o moralmente reprobables.
«El argumento es verdaderamente inadmisible porque supone elevar directamente a la categoría de imprudencia o desidia de un comprador lo que no es más que observancia de la buena fe, es decir, confianza en la decencia y honestidad del vendedor» (STS, 2.ª, 31-III-2009, rec. 1755/2008).