Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

decaimiento

1. Proc. Pérdida de alguna facultad procesal por inactividad del sujeto. Al no haber propuesto prueba en el plazo concedido, se alega que existe incompetencia manifiesta del órgano que decide el decaimiento de su derecho al ingreso en la carrera judicial.
Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de Argentina, art.310.
2. Adm.; Chile Extinción de un acto administrativo que se produce cuando un órgano de la Administración, que instruye un procedimiento administrativo sancionador, demora en exceso en la formulación de los cargos la notificación de estos o la resolución de la sanción administrativa –incluida la resolución del recurso–, más allá de los plazos establecidos en la Ley n.° 19 880, de Bases de Procedimiento Administrativo, pero sin alcanzar el plazo de prescripción.
Corte Suprema de Chile, sentencias roles 7284-09, 28-I-2010; 7502-09, 28-I-2010; 4923-10, 16-IX-2010; 4922-10, 15-IX-2010; 5228-10, 20-X-2010.