Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

deber legal de colaborar en la investigación de hechos posiblemente sancionables

Sublema de deber
Adm. Deber de colaboración con los servicios de inspección, facilitando informes, inspecciones u otros actos de investigación, sometido al principio de reserva de ley.
La jurisprudencia del Tribunal Constitucional ha declarado compatibles con el derecho a no incriminarse tres deberes de aportación de datos o de sometimiento a pruebas bajo el apercibimiento de sanción que resultaban controvertidos: el deber del conductor de un vehículo de someterse a la prueba de alcoholemia, el deber del contribuyente de aportar documentos fiscales, y el deber del propietario de un vehículo de identificarse a sí mismo como conductor del vehículo infractor. LPAC, art. 18 ; STC 161/1997; STC 76/1990; STC 197/1995; STS, 3.ª, 21-V-2008, rec. 3378/2007.

Referenciado desde