- deber de cuidado
- Adm. Deber de diligencia exigible al ciudadano en el cumplimiento de las obligaciones a que está sometido.El legislador impone en algunos sectores de actividad (consumo, protección de datos) o en relación con determinados sujetos (administradores de entidades de crédito, farmacéuticos) un especial y extensísimo deber de diligencia o cuidado que hace muy sencillo su incumplimiento y, con ello, la actuación culposa del obligado cuando la inobservancia del deber es constitutiva de infracción administrativa.
Sublema de deber