Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cédula

1. Gral. Papel o pergamino escrito o para escribir en él algo.
2. Civ. Documento en que se reconoce una deuda u obligación o se consignan datos relativos a la identidad de una persona o la situación jurídica de determinados bienes o derechos.
3. Proc. Documento expedido por un órgano judicial para llevar a cabo determinados actos de comunicación, como notificaciones, emplazamientos, comunicaciones.
Contiene la identificación del tribunal que ha dictado la resolución del asunto en el que ha recaído, el nombre y apellidos del destinatario de la citación o emplazamiento, su objeto, el lugar, día y hora en que debe comparecer el citado o el plazo en que se debe realizar la actuación a la que se refiere el emplazamiento. Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, de Argentina, arts. 135 y sigs.
4. Hist. Tipo de disposición utilizada durante el Antiguo Régimen, con una estructura similar a la de la pragmática. Es firmada por el rey y registrada y sellada por el canciller o teniente de canciller mayor.

Referenciado desde

Sublemas