Diccionario panhispánico del español jurídico

dpej.rae.es

cámara oficial

Sublema de cámara
Adm. Corporación pública sectorial de base privada y carácter asociativo en la que se reúnen personas para el desarrollo de un fin específico, que puede ser de naturaleza profesional, productiva o empresarial.
Las cámaras se rigen por sus estatutos aprobados conforme a las leyes que regulan estas instituciones. Los estatutos son aprobados por la administración competente una vez comprobada su adecuación a la legalidad. Además de las competencias propias para el desarrollo de sus fines, suelen tener asignadas algunas funciones públicas por las normas que las regulan o por delegación de las administraciones públicas.