Diccionario panhispánico del español jurídico

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cumplimiento del deber y estado de necesidad defensivo

Pen. Imposición de la ley del deber de actuación en supuestos en que se excluya seguro solo el desvalor de la acción aunque pueda producirse un desvalor del resultado; por ejemplo, el deber policial de detener a los sospechosos de cometer un delito o el deber judicial de condenar al sujeto contra el que hay pruebas de cargo que disipan la duda razonable de que ha cometido el delito, aunque en ambos casos pueda comprobarse a posteriori que se ha detenido o condenado a un inocente; entonces no se puede admitir que el afectado que sabe que es inocente pueda reaccionar en estado de necesidad defensivo contra el cumplimiento del deber (mientras que sí cabe frente al simple derecho de actuar basado en exclusión solo del desvalor de la acción), pues sería una contradicción inadmisible que el ordenamiento imponga por una parte a la autoridad o funcionario la obligación de adoptar tal decisión y por otra parte le permitiera al afectado que pudiera hacerle frente; en estos casos, el ordenamiento remite al afectado a la vía de los recursos y posteriores reclamaciones judiciales para intentar evitar o reparar el daño.